Elegir residencia para nuestros mayores es una decisión importante y no siempre fácil. Consciente de ello, la Asociación Estatal de Directores y Gerentes de Servicios Sociales de España ha elaborado un Decálogo para elegir residencia para una persona mayor en el que se abordan diez aspectos clave que deben tenerse en cuenta a la hora de tomar una decisión.

  1. Previa. Antes de decidir el ingreso definitivo de una persona mayor en una residencia conviene valorar bien si esa es la opción adecuada a sus necesidades, teniendo en cuenta su estado físico y mental, su entorno social y familiar y si el hogar en el que vive está capacitado para responder a su situación y facilita una correcta atención.
    Existen diferentes opciones que hay que valorar para ver si esa persona puede permanecer en su domicilio o con su familia, si es posible: servicios como la ayuda a domicilio, comidas a domicilio, teleasistencia y sistemas de seguridad en el hogar, adaptaciones en la vivienda y soluciones domóticas, centros de día, así como estancias temporales en residencias.
    Es recomendable acudir a un profesional de los servicios sociales para asesorarse sobre la alternativa más adecuada.
     
    Geriatricarea Decálogo elegir residencia mayores
    Nunca se debe elegir una residencia sin haber visitado previamente todas las que hayamos seleccionado por nuestras necesidades de servicio
  2. Búsqueda de residencia. Para iniciar la búsqueda es aconsejable pedir asesoramiento en los servicios sociales de su localidad y, si es posible, solicitar un listado de residencias con plazas concertadas en el entorno que interese centrar la búsqueda, ya que lo normal es que los centros con plazas concertadas tengan una acreditación específica, que sea garantía de calidad, además de cumplir la normativa vigente. Es también útil preguntar en su entorno social y familiar si hay alguna persona que conozca el sector.
    No es aconsejable iniciar la búsqueda de residencia exclusivamente a través de Internet. Este medio puede ser útil para comprar determinados productos o servicios, pero no para asesorarse sobre la residencia que ofrece más calidad de servicio o mejor relación calidad precio.
  3. Visita. Nunca se debe elegir una residencia sin haber visitado previamente todas las que hayamos seleccionado por nuestras necesidades de servicio. Es muy importante la disposición del centro a enseñarnos sus instalaciones y explicarnos sus servicios con facilidad. En un horario prudente (que respete las horas de comida y sueño), hacer una visita a un centro sin haber concertado cita por teléfono previamente, y que este centro tenga la disposición de enseñarnos todas sus instalaciones y darnos toda su información en cuanto al servicio que prestan, refleja una buena disposición y seguridad del mismo.
  4. Visión y transparencia. Cuando entramos en un Centro de Mayores todo lo que nos rodea nos habla de cómo se trabaja ahí, por lo que debemos tener abiertos todos los sentidos desde la vista hasta el olfato.
    La transparencia es fundamental tanto en las explicaciones del servicio que se da como en las instalaciones que nos enseñan ¿Si nos enseñan donde va a dormir la persona, por qué no enseñarnos en qué cocina se elaborará la comida que va a comer, que menús estarán a su disposición, en que lavandería se lavará su ropa…?
  5. Servicios. Es fundamental conocer qué servicios tiene el Centro. Muchos centros ofrecen servicios que no son propios, por ejemplo, residencias que dicen tener servicio de enfermería y médico, pero no dicen que es el servicio que da el Centro Sanitario de esa zona a cualquier domicilio. Que los profesionales que dan los servicios en los centros sean propios, implica que trabajen por los usuarios con seguimiento individualizado.
    Es importante saber también cuál es la disponibilidad de los servicios, qué jornada dedica cada uno de ellos a la atención del usuario. Muchos Centros ofrecen servicios de fisioterapia o terapia ocupacional y no reflejan que estos servicios se dan sólo 3 horas semanales y sin dedicación exclusiva y diaria al usuario.
  6. Autonomía personal. Un aspecto de extraordinaria importancia al elegir residencia es comprobar que en ella se esfuerzan por conservar en la medida de lo posible la autonomía personal de sus usuarios y que tiene para ello un proyecto y unos procesos que se ejecutan por profesionales técnicos competentes. Para ello es necesario un buen servicio de fisioterapia y de terapia ocupacional, que no solo ofrezca actividades grupales sino una atención individualizada a cada usuario.
  7. Autorizaciones administrativas. En el tablón de anuncios del Centro deben estar expuestos los documentos que acrediten que cuenta con todos los permisos y licencias pertinentes. Si estos documentos no están visibles, debe exigirse a la dirección del centro que los muestre.
    Estas son las autorizaciones administrativas con las que debe contar un centro residencial para personas mayores:

· Licencia de Actividad y de Apertura otorgada por el Ayuntamiento correspondiente..
· Autorización de Funcionamiento e inclusión en el Registro de Centros y Servicios Sociales del Gobierno de la Comunidad.
· Autorización de Sanidad para un Servicio de Elaboración de Alimentos y Comedores Colectivos.
· Autorización de del Departamento de Salud de la CCAA por el que se acredita que el centro cumple con las normas exigidas para prestar servicios de Médicos, de Enfermería, Fisioterapia, Terapia Ocupacional, etc.

  1. Precio. Hay que tener en cuenta si el precio incluye todos los servicios que ofrezca la residencia. Es lo que se llama «precio cerrado». Hay muchos Centros que dan un precio fijo mensual al que luego suman importes diferentes dependiendo de los servicios que haya recibido, tales como peluquería, podología y otros.
  2. Contrato. Es imprescindible exigir un contrato por escrito y leerlo detenidamente antes de firmarlo y decidir el ingreso en la residencia. El modelo de contrato debe ser aprobado por el órgano competente del Gobierno Autónomo con carácter previo a la Autorización de Apertura del centro.
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    Hay que leer detenidamente el contrato antes de firmarlo y decidir el ingreso en una residencia

    Estos son algunos aspectos que interesa ver con detenimiento en el contrato:
    • Señalar si el día que se firma el contrato es el mismo día que se empieza a prestar el servicio y por lo tanto desde ese día se facturará al usuario.
    • Plasmar de forma clara también, el importe mensual que corresponde al abono del servicio.
    • En el contrato existe la obligación de especificar que con la firma del mismo, el usuario o su familiar responsable en su caso, tiene derecho a recibir una copia del Reglamento de Régimen Interior del Centro.
    • Especificar la autorización del usuario al Centro para facilitar a su familiar responsable la información que necesite de su estancia en el Centro.
    • En el contrato el Centro debe especificar que asume la guardia y custodia de toda la información de carácter personal y sanitario del usuario.
    No deje de preguntar sobre cualquier aspecto que no esté claro o que eche en falta, hasta que tenga claro lo que dice ese contrato que va a firmar.
  3. Contacto familiar. La posibilidad de mantener el contacto con la familia a través de visitas, llamadas telefónicas (Internet, ya en algunos casos) o salidas, es una de las cosas más importantes para la calidad de vida de las personas que viven en una residencia. Por eso interesa mucho saber si la residencia se promueven y facilitan estos contactos o si existen limitaciones más allá de las que resultan obvias por respeto a la intimidad o al descanso del resto de residentes, como por ejemplo horarios muy reducidos para las visitas o llamadas, o impedir el acceso de las familias a las habitaciones del residente.

Para más información: 
Asociación Estatal de Directores y Gerentes de Servicios Sociales de España
info@nulldirectoressociales.com   www.directoressociales.com