Un artículo de Lourdes Rivera
Directora general del Grupo Adavir
Todas las personas necesitamos protección constante en nuestro día a día, ya sea familiar, jurídica o social. La RAE define proteger como amparar, favorecer o defender, sin especificar de manera concreta a quién o qué.
Ya en 1948 se recogía en el artículo 7 de la Declaración Universal de Derechos Humanos lo siguiente: “todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación”, independientemente de la edad, condición social, psíquica o física.
Se sabe que hay colectivos que son más vulnerables, como por ejemplo los niños o las personas mayores. Estos últimos necesitan protección especial en determinadas ocasiones, ya que por circunstancias inevitables, como por ejemplo una enfermedad, se vuelven más frágiles. Este amparo específico necesita planes de actuación y procedimientos concretos, que para la mayoría de la población son totalmente desconocidos.
Enfrentarse a situaciones desagradables, y aún por encima desconocidas, suele provocar que se tomen decisiones no del todo acertadas que pueden perjudicar la defensa y el bienestar del mayor afectado. Por ello existe la creciente necesidad, debido al envejecimiento de la población, de que los organismos públicos y privados desarrollen jornadas de divulgación que traten y popularicen estos temas.
Ante un problema como es el deterioro cognitivo que experimentamos con la edad, y como consecuencia las variaciones en la personalidad que se sufren, la ley debe proteger a la persona. Es necesaria una protección jurídica a todos los niveles, pues supone un apoyo fundamental para las familias.
Así, cuando los parientes encargados del mayor afectado toman medidas dirigidas al bienestar de esta persona, estas serán más acertadas cuando la legislación las ampara. Un ejemplo es la incapacitación, una solución eficaz en casos donde se necesita una protección jurídica especial. Anular la capacidad de obrar, a través de sentencia judicial y por causas establecidas a la normativa tras un examen exhaustivo, sirve para defender a una persona que no tiene capacidad de autogobierno y no para perjudicarlo como se piensa en muchas ocasiones.
Otra situación que es necesaria tratar en estas jornadas de divulgación popular para ayudar a la sociedad, y sobre todo a nuestros mayores, es cómo evitar que el mayor pueda padecer o causar daños en su entorno o hacia sus cuidadores. El ingreso de personas con deterioro cognitivo en residencias cuando sufren demencias es una realidad necesaria en muchos casos que se presenta como solución a un problema muy grave.
Aunque cada vez estamos más informados, gracias a la sociedad en la que vivimos, los problemas que en un futuro nos encontraremos en el cuidado de una persona mayor tendrán menos perjuicios si sabemos enfrentarnos a ellos con todas las soluciones en la mano.
Como dice el famoso psiquiatra Luis Rojas Marcos, “las expectativas adversas que existen hoy sobre la vejez, casi siempre están basadas en la ignorancia o premisas falsas”, porque no podemos olvidar que ser anciano es seguir siendo persona.
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1 Comment
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Hola, he aparecido aquí de rebote y tengo que darte las gracias Lourdes Rivera por este artículo. Es cierto que cada vez hay más personas mayores y un gran desconocimiento sobre cómo afrontar este asunto, tanto para los ancianos como para los que cuidamos de ellos. Muchas veces no sabes que decisión tomar o sí estás haciendo lo correcto, por eso hace falta de la Administración y sobre todo de la información.