geriatricarea Kepa Urigoitia

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Un artículo del Dr. Kepa Urigoitia,
presidente del Colegio de Médicos de Álava,
publicado en la Revista
ICOMA
 
 
 
Desde Hipócrates hasta nuestros días, tal y como recoge nuestro Código de Deontología Médica, la profesión Médica está al servicio del ser humano y de la sociedad. Un servicio que se sustenta en unos principios comunes para todos los médicos: el cuidado de la salud, la lucha contra la enfermedad y la preservación de la vida.

Pero no debemos equivocarnos: una asistencia de calidad no sólo implica el deber del médico de intentar curar la enfermedad cuando sea posible, sino al propio enfermo que la padece, hecho por el que también forman parte de sus deberes proporcionarle todos aquellos cuidados que estén a su alcance y, llegado el caso, el consuelo necesario tanto a él como a su entorno.

En la lucha contra la enfermedad, a pesar de los continuos y rápidos avances del conocimiento médico, siguen siendo muchas las patologías que a día de hoy siguen siendo irreversibles y que, a pesar de los tratamientos, continúan inexorablemente su camino hacia el final de la vida. En estos casos avanzados el equilibrio entre los esfuerzos por curar, cuidar y consolar se ve claramente afectado, adquiriendo un especial protagonismo en el trabajo del médico al final de la vida los destinados a cuidar y a consolar.

Geriatricarea final de la vida Cuidados PaliativosDel Convenio Europeo de 1997 para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano, con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina, se han ido derivando cambios normativos en nuestro país, que ponen en un primer plano el respeto a la autonomía del paciente.
Un respeto que hace preciso su consentimiento ante cualquier actuación médica, incluso cuando no se encuentre en condiciones de expresar su voluntad, situación prevista en el documento de voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad.

Estos cambios legales, culturales y sociales propiciados, entre otros, por el incremento de la esperanza de vida en nuestra sociedad, han hecho variar la forma de entender y afrontar el proceso final de la vida. Podemos decir que hemos vivido o, cuando menos, estamos viviendo una evolución de la cultura de la muerte.

El miedo a la transición entre la vida y la muerte es un miedo doble. Por un lado está el miedo a lo desconocido, que podríamos llamar miedo espiritual, ante el que los médicos poco podemos hacer ¿Qué habrá tras la muerte? Pero por otro hay un miedo físico, el miedo al sufrimiento en esa etapa final de la vida, ante el que los médicos sí podemos y tenemos mucho que decir y que hacer.

Este espacio cubierto por los cuidados paliativos en la práctica médica, debe ser entendido como un derecho de los pacientes, y para ello, responsables sanitarios, médicos y sociedad debemos involucrarnos en la creación de estas unidades allí donde no las haya.

Y debe ser igualmente un derecho de los pacientes el acceso a la sedación paliativa cuando los tratamientos habituales disponibles en el arsenal médico se muestren ineficaces para controlar el sufrimiento en esa etapa final de la vida, especialmente en la agonía. Para ello resulta imprescindible la adecuada capacitación de los profesionales.
Una sedación que es un recurso terapéutico más a disposición del médico, al que tiene  derecho el enfermo y al que no puede negarse el médico, como se recoge en el art. 36.1 de nuestro Código de Deontología, “El médico tiene el deber de intentar la curación o mejoría del paciente siempre que sea posible. Cuando ya no lo sea, permanece la obligación de aplicar las medidas adecuadas para conseguir su bienestar, aún cuando de ello pudiera derivarse un acortamiento de la vida”, claramente diferenciado de la eutanasia, en la que lo que se busca es la muerte del paciente para terminar con el sufrimiento o del suicidio asistido, ambos claramente proscritos en nuestra profesión como viene recogido desde el juramento de Hipócrates, “y no daré ninguna droga letal a nadie, aunque me la pidan, ni sugeriré un tal uso”, hasta nuestro actual Código de Deontología (art. 36.3) “el médico nunca provocará intencionadamente la muerte de ningún paciente, ni siquiera en caso de petición expresa por parte de éste.” Derechos de los pacientes y deberes de los médicos ante el que no cabe la objeción de conciencia.