Así, las solicitudes que se presenten a partir del 1 de enero de este año tendrán efectos a partir de los cinco meses; las que se presenten a partir del 1 de enero de 2019, tendrán efectos a partir de los cuatro meses; y las que se presenten desde el 1 de enero de 2020, tendrán efectos a partir de los tres meses. La financiación de esta medida se realiza con cargo al nivel adicional de protección de la Comunidad Autónoma.
En esta Orden de prestaciones de dependencia, que sustituirá a la vigente Orden FAM/644/2012, se recogen todas las mejoras que la Junta de Castilla y León ha ido introduciendo en las prestaciones de dependencia a lo largo de estos últimos años.
Otra novedad es el establecimiento de plazos máximos para la emisión de los informes técnicos que se precisan para la resolución del procedimiento. Castilla y León es la única Comunidad que ha adoptado una medida de estas características, ya que prácticamente la lista de espera es inexistente.
Además, el incremento presupuestario destinado en 2018 para la dependencia, que se eleva a los 588,6 millones de euros (un 6,34% más que el año anterior) permitirá afrontar los costes de esta reducción de plazos.
La nueva normativa introduce también la primera regulación del servicio de teleasistencia, que incluye la teleasistencia avanzada, conforme al acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del sistema para la autonomía y atención a la dependencia de octubre de 2017, sin perjuicio de la regulación completa que se haga de este servicio a través de una orden específica.
Además, en las fórmulas de cálculo de las prestaciones se sustituye el IPREM por un indicador propio que se actualiza igual que las pensiones. De este modo, tal y como indican desde la Junta de Castilla y León, se evitan los perjuicios que ocasiona la congelación de ese indicador estatal, resuelve el problema que plantea las actualizaciones no regulares del IPREM y se ajusta plenamente a la evolución general de los ingresos de los beneficiarios.
La nueva Orden incorpora también el avanzado régimen de compatibilidades creado en los años anteriores. Así, se mantiene, entre otras, la compatibilidad para las personas con discapacidad, entre un servicio de atención residencial y un servicio de atención diurna, que puede ser un centro de día, un servicio de promoción de la autonomía personal o un servicio de asistencia personal. De manera que la persona recibe dos servicios o dos prestaciones vinculadas, con las que se garantiza la atención y el desarrollo de la autonomía de las personas con discapacidad que no pueden permanecer en su domicilio.
También se mantiene la posibilidad de que las personas que optan por ser atendidas por sus familiares mediante la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, puedan completar dicha prestación con servicios profesionales, ya sean públicos, o privados con una prestación vinculada específica para estos casos, y se amplía de quince días a un mes la posibilidad de recibir la ayuda para descanso del cuidador.
Finalmente, se mantiene la total flexibilización de la prestación vinculada a servicios, para que las personas puedan decidir en cada momento qué servicios necesitan y puedan cambiar de unos a otros o incluso simultanearlos, sin necesidad de tramitar nuevas solicitudes.
Castilla y León es una de las Comunidades que más compatibilidades entre prestaciones ha establecido, y de un uso más flexible. Así, según los datos del Ministerio correspondientes al mes de noviembre de 2017, en Castilla y León, 88.154 personas tienen concedidas 114.194 prestaciones, lo que da una ratio de 1,3 prestaciones por persona dependiente, mientras que la media nacional está en 1,23.