La Generalitat Valenciana abre una nueva convocatoria del programa Bono Respiro para personas dependientes
La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana ha abierto una nueva convocatoria de las subvenciones del programa Bono Respiro para 2018 destinado a financiar distintas modalidades de estancias de carácter temporal o no permanente en residencias de tercera edad.
Los beneficiarios directos de las ayudas del programa Bono Respiro 2018 deberán ser personas dependientes, que hallándose atendidas habitualmente en su domicilio personal o familiar, necesitan la atención temporal en un centro especializado por presentar un nivel de dependencia que les hace necesitar de los cuidados de otra persona para la realización de las actividades habituales de la vida diaria, y que eventualmente, no pueden ser prestados por su cuidador habitual.
El importe de la subvención, que se expresará en cada bono, vendrá determinado por la diferencia entre lo que el beneficiario puede aportar con cargo a sus ingresos y el coste de la estancia que solicita existiendo tres modalidades del Bono Respiro:
El importe de la subvención, que se expresará en cada bono, vendrá determinado por la diferencia entre lo que el beneficiario puede aportar con cargo a sus ingresos y el coste de la estancia que solicita existiendo tres modalidades del Bono Respiro:
- El Mensual o Bono Verde consiste en una estancia durante un mes cuando por necesidades sanitarias o sociales la persona mayor necesite la atención integral en un centro especializado.
- El Bono Respiro Días o Bono Azul consiste en 20 bonos diarios para la atención en residencias para personas mayores que podrán hacerse efectivos durante 20 días consecutivos o agrupados, en cuyo caso el mínimo será de dos días consecutivos.
- Y por último, el Bono Respiro Fin de semana o Bono Blanco, que consiste en 12 bonos para los fines de semana que el interesado elija. Podrán disfrutarse en un horario que se establece a partir de las 9 horas del viernes hasta las 17 horas del domingo.
En todas las modalidades, las fechas y el centro serán a elección del interesado, y el plazo para las estancias, se realizará con anterioridad a la finalización del año natural de la correspondiente convocatoria.
Las solicitudes pueden presentarse en la dirección territorial de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la provincia del solicitante. El plazo de presentación de las solicitudes será de 1 mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el Diari Oficial Generalitat Valenciana número 8217, de 22.01.2018.
- Tener 65 años o más en el momento de presentar la solicitud y haber cesado en la actividad laboral o profesional por jubilación o incapacidad.
- También podrán ser beneficiarios las personas de 55 años o más diagnosticadas con la enfermedad de Alzheimer u otras demencias.
- Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunitat Valenciana.
- Tener la consideración de persona dependiente, acreditada mediante el correspondiente informe médico.
- Acreditar la necesidad social y económica de acuerdo con los criterios establecidos.
- De forma excepcional y con el objeto de mantener la unidad familiar, podrán solicitar el ingreso conjunto con el solicitante principal, las personas mayores o menores de 65 años, que acrediten una de las siguientes situaciones: ser cónyuge o pareja de hecho debidamente inscrita en el Registro Administrativo de Uniones de Hecho de la Comunitat Valenciana; ser discapacitado conviviente con el solicitante y siempre que ingrese en el mismo centro residencial que aquél. A estos efectos se considerarán discapacitados aquellos que define como tales el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y que tengan un grado de minusvalía igual o superior al 65%.