El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) ha abierto la convoca de concesión de subvenciones para personas beneficiarias de centros estatales para personas con discapacidad cuya titularidad corresponde al Imserso, durante el año 2022.
El objetivo de estas ayudas es facilitar la rehabilitación, la movilidad y la comunicación y la adquisición de productos de apoyo a las personas beneficiarias de los centros estatales para personas con discapacidad cuya titularidad corresponde al Imserso. Así, se ofrecen:
– Subvenciones para la rehabilitación
Su finalidad es potenciar la autonomía personal, el desarrollo y la recuperación o mantenimiento de capacidades, a través de:
1. Productos de apoyo, fabricados especialmente o disponibles en el
mercado, para prevenir, compensar, controlar, mitigar o neutralizar
deficiencias, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación.
Se consideran incluidos en este grupo:
- Productos de apoyo para vestirse y desvestirse
- Productos de apoyo para comer y beber
- Productos de apoyo para lavarse, bañarse y ducharse
- Sistemas de higiene asistida para inodoros
- Productos de apoyo para el cuidado personal
- Productos de apoyo para la transferencia y giro
- Barras de apoyo
- Grúas de transferencia
- Productos de apoyo para administrar medicamentos.
- Colchones y cojines para la prevención de ulceras por presión
- Camas articuladas
- Mobiliario y accesorios para sentarse
- Mesas auxiliares, soportes para mesa y atriles
Importe máximo a subvencionar 3.000 euros
2. Medicina ortoprotésica: Las órtesis incluye productos de apoyo u
otro dispositivo externo aplicado al cuerpo para modificar los aspectos
funcionales o estructurales del sistema neuromusculoesquelético, entre
ellos la adquisición y renovación de gafas o lentillas. Las prótesis son una extensión artificial que reemplaza alguna parte del cuerpo, entre los que se incluyen las prótesis e implantes dentales.
Subvención hasta 3.000 euros.
– Subvenciones para la movilidad y la comunicación
Su finalidad es aumentar la capacidad de movilidad y comunicación con el entorno, a través de:
1. Movilidad. Están incluidos en este apartado:
- Productos de apoyo para caminar y sillas de ruedas manuales y
motorizadas, los accesorios para las sillas de ruedas, y los
sistemas de posicionamiento¡
Subvención hasta 3.000 euros
- Adaptaciones de vehículos a motor
Subvención hasta 800 euros
- Eliminación de barreras arquitectónicas o mejoras en las condiciones de accesibilidad, así como los sistemas para automatizar elementos de la vivienda, control de entorno y los sistemas domóticos.
Subvención hasta 3.000 euros
2. Comunicación. Eliminación de barreras de la comunicación y cognitivas en el hogar. Potenciación de las relaciones con el entorno: Adquisición de recursos técnicos y tecnológicos apropiados a tal fin. Se incluyen en este grupo:
- Comunicadores electrónicos
- Ordenadores portátiles, tabletas y teléfonos inteligentes que dan soporte para la instalación de programas y aplicaciones de comunicación
- Programas (software) y las aplicaciones (apps) de comunicación
- Dispositivos (hardware), programas (software) y aplicaciones (apps) que facilitan la entrada y/o la salida de datos.
- Soportes y brazos articulados para la colocación de los dispositivos
- Productos ópticos (lupas, telescopios, filtros, etc.), electro-ópticos (lupas televisión, etc.) que faciliten la realización de tareas y el acceso a la información y a la comunicación a personas con discapacidad visual
- Productos de apoyo como audífonos, amplificadores de sonido, bucles magnéticos personales, equipos de FM, avisadores y sistemas de alarma para facilitar el acceso a la información y a la comunicación de personas con discapacidad auditiva.
- Dispositivos, programas y aplicaciones que puedan emitir alarmas y avisos, secuenciar tareas, y facilitar la orientación o comprensión de entornos.
– Subvenciones complementarias de transporte
Su finalidad es cubrir los gastos de desplazamiento al o desde el centro, de las personas con movilidad reducida que les imposibilite la utilización de los medios de transporte público. Justificando al efecto el importe total y los meses a los que corresponden.
Subvención hasta 66,00 € mensuales
El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el viernes 1 de julio y puede optar a estas subvenciones:
- Persona beneficiaria de un Centro Estatal de atención a las personas con discapacidad cuya titularidad corresponda al Imserso. A estos efectos se entiende por personas beneficiarias las personas usuarias de los mismos.
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%. No obstante, podrán solicitar subvenciones para la rehabilitación cuando, sin llegar al 33%de grado de discapacidad, precisen, a juicio de los servicios médico-terapéuticos y sociales del centro, medidas que impidan o retrasen la evolución desfavorable de la citada discapacidad.
- Acreditar la necesidad de la subvención según el tipo de subvención solicitada, de entre los previstos en el anexo I de la resolución de convocatoria, mediante informes de los servicios médicos y/o terapéuticos del centro.
- No percibir otra subvención que, junto con la solicitada, sea de importe superior al coste del servicio.
- Haber justificado, en su caso, las subvenciones recibidas, en convocatoria anteriores.
- No estar incursos en las prohibiciones que, para obtener la condición de persona beneficiaria de subvenciones públicas, se establecen en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Para más información, presentación de solicitudes por vía telemática, así como consulta del estado de tramitación de las mismas: Sede Electrónica del Imserso.