La Fundación Mutua de Propietarios lanza la octava convocatoria de su programa ‘Sin Barreras‘, una iniciativa destinada a mejorar la accesibilidad en edificios de viviendas mediante la subvención de obras que eliminen barreras arquitectónicas.

La Fundación Mutua de Propietarios, en su objetivo de mejorar la calidad de vida de las personas con movilidad reducida, abre la octava convocatoria del programa ‘Sin Barreras’ para la subvención de obras de eliminación de barreras arquitectónicas en los edificios de viviendas. Desde el inicio del programa en 2018, la Fundación ha concedido 1.364.210 euros en ayudas, de las que se han beneficiado 601 residentes con movilidad reducida que ya pueden acceder de una manera autónoma a sus casas, 1.752 viviendas y un total de 4.380 vecinos.

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Fundación Mutua de Propietarios lanza la octava convocatoria de su programa ‘Sin Barreras’ para mejorar la accesibilidad en edificios de viviendas

Tipología de las ayudas económicas del programa ‘Sin Barreras’

El programa ‘Sin Barreras’ consta de dos ayudas económicas diferentes para la realización de obras en materia de accesibilidad. A las Ayudas Directas, con una dotación de 152.000 euros, podrán optar las comunidades de propietarios en régimen horizontal que estén ubicadas en la ciudad de Madrid; la Comunidad de Madrid; Barcelona y su área metropolitana y, como novedad, las comunidades ubicadas en la ciudad de Valencia.

Para optar a estas ayudas, en el edificio deberá residir al menos una persona mayor de 75 años y/o persona que tenga una discapacidad con afectación a la movilidad. La cuantía de la subvención ascenderá al 50% de la suma del presupuesto para la ejecución de la obra de accesibilidad y los honorarios técnicos para la redacción del proyecto y dirección de obra, hasta un máximo de 15.000 euros por comunidad.

Por otro lado, las Ayudas para la Financiación al 0% están dirigidas a las comunidades de propietarios de cualquier punto del territorio español. Con un capital de 500.000 euros, a estas ayudas podrán optar las comunidades que cumplan una de las dos condiciones siguientes:

  • que en el edificio vivan, en primera residencia, un porcentaje igual o superior al 40% de personas de 65 años
  • o, como mínimo, una persona con movilidad reducida, en cuyo caso dicho porcentaje se reducirá al 20%.

Cómo presentar la solicitud

Las comunidades de propietarios solo podrán acceder a una de las dos subvenciones, debiendo evaluar cuál se adapta mejor a los requisitos de las obras de eliminación de barreras arquitectónicas en las zonas comunes del edificio, para hacer accesible el itinerario de la calle a las viviendas.

La presentación de solicitudes se realizará a través de la Plataforma de Ayudas de la Fundación Mutua de Propietarios.