/p>El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Extracto de la Resolución de 31 de mayo de 2017, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), por la que se convoca la concesión de subvenciones en el área de atención a mayores, durante el año 2017.
Geriatricarea Imserso subvenciones atención a mayores
El plazo para la presentación de solicitudes a estas subvenciones del Imserso finaliza el 12 de julio

El objeto de estas subvenciones es la realización de actuaciones dirigidas a colaborar con el movimiento asociativo en el área de personas mayores facilitando la disponibilidad de medios básicos precisos para el cumplimiento de sus objetivos, tales como el mantenimiento, funcionamiento y actividades habituales de entidades de implantación estatal de mayores.
El mantenimiento incluye la financiación de los gastos corrientes en bienes y servicios derivados del local en que se ubique la sede social de la entidad, obras de conservación, mantenimiento y pequeñas reparaciones que no tengan el concepto de inventariables por no implicar incremento del valor patrimonial de dichos inmuebles, así como suministros, material fungible de oficina y ofimática, correo y otros análogos.
El funcionamiento y actividades habituales tiene como objetivo el desarrollo de las actividades propias y habituales de la entidad, incluyendo los gastos derivados del personal de la misma, de las reuniones de los órganos de gobierno, así como los gastos derivados de la realización de un Congreso anual de la entidad, de cursos y publicaciones que tengan por objeto la información y promoción del envejecimiento saludable y la prevención de las situaciones de dependencia.
En lo que se refiere a los gastos de dietas por viajes y por alojamiento, solamente serán subvencionables, los gastos ocasionados por los miembros de la Junta directiva nacional de la entidad, de las Juntas directivas de sus Delegaciones y de las Juntas directivas de las entidades integradas en la misma, en las cuantías a que hace referencia el artículo 6.4 de la Orden TAS/980/2007, de 2 de abril de bases reguladoras. La cuantía máxima de la subvención para estos gastos no podrá ser superior al 15% del total concedido.
El plazo para la presentación de solicitudes por parte de las entidades interesadas finaliza el 12 de julio. La presentación de solicitudes por vía telemática podrá realizarse a través de la Sede electrónica del Imserso.
Los interesados pueden consultar las bases de estas subvenciones del Imserso aquí.