/p>El Tribunal Supremo ha confirmado la Sentencia del TSJ de Valencia que declaraba conforme a la Ley de la Dependencia el apartado 3 del artículo 12 del Decreto 18/2011 por el que se establece el procedimiento para reconocer el derecho a las prestaciones del sistema valenciano para las personas dependientes y que regula el derecho del beneficiario a elegir la modalidad de ayuda a recibir. En concreto el Tribunal Supremo ha ratificado los siguientes términos:
geriatricarea personas dependientes AERTE
El Tribunal Supremo ha ratificado que la persona dependiente puede elegir la modalidad de ayuda a recibir

«En su caso de no ser posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado, o que el interesado, guardador de hecho o representante legal no considere adecuada la plaza adjudicada en la elaboración del PIA, se reconocerá subsidiariamente al beneficiario el derecho a obtener una prestación económica, bien sea la prestación económica vinculada al servicio, la prestación económica para cuidados en el entorno familiar de personas en situación de dependencia o la prestación para asistente personal. Todo ello de acuerdo con la regulación específica de estas prestaciones económicas y teniéndose en cuenta el criterio profesional».
Como se destaca desde AERTE, la Asociación Empresarial de Residencias y Servicios a Personas Dependientes de la Comunidad Valenciana, lo importante es que el interesado puede no considerar adecuada la plaza adjudicada y puede pasar a la Prestación Vinculada al Servicio (PVS).
Algunas empresas acogidas al Plan de Accesibilidad Social recurrieron manifestando que la modificación era competencia del Estado y que además incumplía el contrato de accesibilidad social. El TSJ no le dio la razón y ahora el Supremo lo ha confirmado por lo que dicho precepto es perfectamente válido, está vigente y es exigible por los usuarios.
Por lo tanto, las personas dependientes no quieren la plaza que se les conceda podrían pedir una PVS para recibir el servicio donde quisieran. Las dos sentencias también establecen que debe ser compatible con el criterio profesional evaluador, la regulación específica de las prestaciones y que haya una supervisión del servicio para asegurarse de que es el adecuado.
Esta sentencia ratifica lo que desde la patronal AERTE defiende: que la persona dependiente es la que debe escoger el tipo de recurso al que quiera ir y que no sea la Administración o cualquier entidad privada la que le imponga el recurso.
Ahora la Generalitat deberá articular los mecanismos adecuados para dar cumplimiento a esta sentencia y equilibrar la diferencia en la resolución de expedientes que existen actualmente entre el resto de plazas residenciales y las PVS que alcanzan casi dos años.